Diferencia entre revisiones de «Artículo 210 del Código del Trabajo»

De DerechoPedia
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: Reversión manual
 
Línea 10: Línea 10:


==Jurisprudencia Administrativa==
==Jurisprudencia Administrativa==
'''Dictamen de la Dirección del Trabajo, dictamen N°7.163, de fecha 13.11.95'''
'''Dictamen de la Dirección del Trabajo, dictamen N°1.711, de fecha 15.04.98'''
'''Dictamen de la Dirección del Trabajo, dictamen N°4.187, de fecha 6.10.00'''


==Jurisprudencia Judicial==
==Jurisprudencia Judicial==

Revisión actual - 01:28 11 feb 2025

Artículo 210

Las empresas o entidades a que se refiere la ley N° 16.744, están obligadas a adoptar y mantener medidas de higiene y seguridad en la forma, dentro de los términos y con las sanciones que señala esa ley.

Historia

Modificaciones

Materias

Jurisprudencia Administrativa

Jurisprudencia Judicial

Juzgados

Cortes de Apelaciones

Corte Suprema

Libros

Artículos especializados